Última actualización: Octubre 2019
Un Equivalente Farmacéutico Genérico (EFG) es un medicamento que:
- Tiene la misma composición, dosis y forma farmacéutica (comprimidos, cápsulas, jarabes, etc.) que el medicamento original, con marca. Puede tener un aspecto distinto, por ejemplo, el color o la medida.
- Ha demostrado tener la misma eficacia y seguridad y, por lo tanto es bioequivalente al medicamento original.
- Está fabricado con los mismos controles que exigen las autoridades sanitarias.
- Se puede saber que es una EFG porque el nombre del medicamento lleva añadidas las siglas EFG.
¿Qué significa que un medicamento es BIOEQUIVALENTE?
- Que actúa igual que el medicamento original con marca.
- Tanto el uno como el otro tienen los mismos efectos y la misma calidad y esto está demostrado a través de controles y estudios de biodisponibilidad correspondientes.
- La bioequivalencia permite la intercambiabilidad entre el medicamento genérico y el medicamento original desde un punto de vista de calidad, seguridad y eficacia. Ya que los requisitos que se exigen en la fabricación de medicamentos genéricos son los mismos que para los medicamentos originales de marca.
¿Cuál es el PRECIO de REFERENCIA?
- Es el precio máximo que la administración sanitaria paga por un medicamento concreto. Este precio se fija de manera que el usuario siempre disponga de una EFG con precio igual o inferior de referencia. no todos los medicamentos tienen precios de referencia, sólo los que Sanidad determina. Periódicamente el Ministerio de Sanidad actualiza la lista de los medicamentos que tienen precio de referencia.
- En el caso que el médico recete un medicamento con un precio superior al de referencia fijado, el paciente podrá optar por pedir la marca recetada y pagar el precio total, o aceptar la elección que haga el farmacéutico de un genérico (EFG) que tendrá un precio igual o inferior al de referencia.
El farmacéutico ¿PUEDE SUSTITUIR un medicamento?
El farmacéutico tiene capacidad legal para sustituir, con consentimiento del usuario, un medicamento por otro con la misma composición, dosis y forma farmacéutica, cuando la oficina de farmacia no disponga del medicamento recetado.
En el caso que este medicamento prescrito tenga un precio superior al de referencia y el usuario no quiera pagarlo totalmente, el farmacéutico está obligado a sustituirlo por un genérico (EFG).